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Reglas de la playa de Zapallar

Lo que dice la ordenanza, artículo por artículo

En las playas de la comuna de Zapallar están prohibidos las mascotas en la arena y el agua, los parlantes audibles, los coolers y neveras, el picnic, las fogatas, acampar y el consumo de alcohol fuera de locales autorizados. Lo establece la Ordenanza sobre Utilización del Borde Costero (Decreto Alcaldicio N° 2093/2022), con multas de 1 a 5 UTM.

Prohibiciones principales

  • Mascotas (art. 16): prohibido el acceso de animales domésticos a las playas, aguas y zonas de baño. En el borde costero y paseos solo pueden ir con correa y elementos de control. Se exceptúan los perros guía. Bañar mascotas en el mar es infracción grave.
  • Coolers (art. 19): prohibido ingresar al borde costero con elementos refrigerantes, como coolers, neveras, freezers o bolsas.
  • Picnic (art. 19): prohibido hacer picnic y preparar alimentos en el borde costero.
  • Música (art. 8): prohibidos aparatos de sonido, instrumentos musicales o cualquier artefacto que se escuche por otros bañistas o peatones, salvo autorización especial.
  • Alcohol (art. 26): prohibido consumir bebidas alcohólicas o drogas en bienes de uso público y en el equipamiento del borde costero, salvo en locales con patente o permiso.
  • Acampar (art. 10): prohibido acampar o pernoctar con carpas, medias carpas o casas rodantes, y su instalación en playas, ramblas y paseos. Se permiten sombreadores para bebés de hasta 2 años, de no más de un metro por lado.
  • Fuego (art. 22): prohibido hacer fuego y usar cilindros de gas o líquidos inflamables.

Otras reglas que conviene conocer

  • Juegos y deportes (art. 6): prohibidas las actividades molestas para el resto en la arena, el agua, ramblas y accesos. Donde haya espacio, se permiten a más de 20 metros de las zonas de baño.
  • Pesca (art. 12): en temporada de baño, prohibida la pesca desde la orilla y la submarina en zonas de baño entre las 10:00 y las 21:00.
  • Vehículos (art. 9): prohibido circular y estacionar vehículos motorizados en playas, ramblas y paseos.
  • Embarcaciones (art. 11): prohibidas en zonas exclusivas de baño, salvo salvamento.
  • Higiene (arts. 17, 18 y 19): prohibido lavarse con jabón o champú, hacer necesidades y botar basura o colillas.
  • Arena y rocas (arts. 24 y 25): prohibido extraer arena y rayar rocas o escaleras.
  • Comercio (art. 23): la venta ambulante requiere permiso municipal.

Seguridad y banderas

La ordenanza establece salvavidas durante la temporada de baño, con horarios definidos por la Autoridad Marítima cada año (art. 28), y un sistema de banderas (art. 29):

  • Verde: baño permitido.
  • Amarilla: baño con precaución; colchonetas, manguitos y flotadores solo hasta 25 metros de la orilla.
  • Roja: prohibido bañarse.

Los menores de 10 años deben entrar al mar con un adulto, y está prohibido bañarse en estado de intemperancia.

Multas y fiscalización

Las infracciones se denuncian al Juzgado de Policía Local. Las leves se sancionan con multas de 1 a 3 UTM y las graves con 3 a 5 UTM (art. 33). Son graves, entre otras: bañar mascotas en el mar, tener animales en la playa sin control, pescar en horario no permitido, hacer fogatas, botar basura y entrar al mar ebrio. Además, el fiscalizador puede ordenar cesar de inmediato la conducta y abandonar la playa con el animal (art. 27).

Horarios y estacionamiento

La ordenanza no fija un horario de cierre de las playas; sí define la temporada de baño (15 de diciembre al 15 de marzo) y la franja de 10:00 a 21:00 en que no se puede pescar en zonas de baño. Tampoco regula expresamente los quitasoles. Aparte de la ordenanza, desde enero de 2026 el estacionamiento en playas y calles urbanas de la comuna es pagado, y estacionar en lugares no habilitados es la falta más cursada en verano.

Dato VivExplora

Arma la mochila pensando en la ordenanza: botella de agua y snacks simples sí; cooler, parlante y cervezas no. Si vas con perro, déjalo en el alojamiento.

Guía revisada por el equipo de VivExplora · octubre 2026

Preguntas frecuentes

¿Se puede llevar perro a la playa de Zapallar?

No. La ordenanza prohíbe el acceso de animales domésticos a las playas, aguas y zonas de baño. Solo se permiten perros guía. En paseos y rambla pueden ir con correa.

¿Se puede llevar cooler a la playa en Zapallar?

No. El artículo 19 de la ordenanza prohíbe ingresar al borde costero con coolers, neveras, freezers o bolsas refrigerantes.

¿Están permitidos los quitasoles y carpas?

La ordenanza prohíbe acampar e instalar carpas o medias carpas en playas y paseos, salvo sombreadores para bebés de hasta 2 años de un metro como máximo. No regula expresamente los quitasoles.

¿De cuánto son las multas?

Las infracciones leves van de 1 a 3 UTM y las graves de 3 a 5 UTM, aplicadas por el Juzgado de Policía Local.